Cobranza Coactiva
COBRANZA COACTIVA
COBRANZA COACTIVA
Estimado empresario, mediante la presente lo invitamos a desarrollar su empresa con nuestra asesoría especializada en cobranza coactiva.
Nuestro equipo de profesionales esta compuesto por especialistas en derecho tributario, por lo cual el desarrollo de su empresa esta asegurado para superar sin problemas la cobranza coactiva.
En primer lugar debemos tener consideración que el abogado especialista en cobranza coactiva es muy importante para el desarrollo de la actividad económica de su empresa en nuestro país dentro del marco del derecho tributario; y por ello es imprescindible que se encuentre en manos de especialistas en cobranza coactiva.
Es fundamental que su empresa se desarrolle, mediante las ultimas disposiciones de la SUNAT en cobranza coactiva.
Procedimiento sumarísimo que permite el cobro de deudas a favor del Estado Peruano. El procedimiento de Cobranza Coactiva se inicia mediante la notificación de la Resolución de Ejecución Coactiva (REC) al deudor tributario, otorgándole un plazo de siete (07) días hábiles para efectuar el pago bajo apercibimiento de embargo.
Actualmente en dicho procedimiento el Ejecutor Coactivo no admitirá escritos que entorpezcan o dilaten su trámite, bajo responsabilidad.
Vencido el plazo de siete (07) días hábiles, el Ejecutor Coactivo dispondrá se trabe el embargo que considere necesario sobre los bienes y derechos del deudor tributario, y en caso de no ser suficiente, aquel procederá con las demás formas de embargo que estipula la Ley.
Primero Deuda exigible en Cobranza Coactiva:
Se considera deuda exigible lo siguiente:
a) La establecida mediante Resolución de Determinación o de Multa notificadas por el Administrador Tributario y no reclamadas en el plazo de ley.
b) La establecida por Resolución no apelada en el plazo de ley, o por Resolución del Tribunal Fiscal.
c) La constituida por la amortización e intereses de la deuda materia de aplazamiento o fraccionamiento pendientes de pago, cuando se incumplen las condiciones bajo las cuales se otorgó este beneficio.
d) La que conste en Orden de Pago notificada conforme a ley.
e) Las costas y gastos en que la Administración Tributaria de SEDAPAL hubiera incurrido en el Procedimiento de Cobranza Coactiva, así como los gastos incurridos en medidas cautelares.
Ninguna Autoridad ni órgano administrativo, político, ni judicial podrá suspender el
procedimiento coactivo, con excepción del propio Ejecutor Coactivo.
Nuestros especialistas en cobranza coactiva lo ayudaran a desarrollar su empresa y tener un crecimiento sostenido. cobranza coactiva
Por la Resolución del Tribunal Fiscal Nº 01380-1-2006 (jurisprudencia de observancia obligatoria). cobranza coactiva
“Procede que el Tribunal Fiscal en la vía de queja se pronuncie sobre la validez de la
notificación de los valores y/o resoluciones emitidos por la Administración Tributaria, cuando la deuda tributaria materia de queja se encuentra en cobranza coactiva”
Resolución del Tribunal Fiscal N° 04891-Q2015. cobranza coactiva
“Que de lo informado por la Administración a fojas 46 y 47, se advierte que ésta ha
considerado como fecha de notificación de la Resolución de Multa N° 024-002-0046637 y cobranza coactiva la Resolución de Determinación N° 024-003-0016508, el 13 de marzo de 2015, al haber operado la notificación tácita de dichos valores con la presentación de la solicitud de prescripción ingresada con el Expediente N° 000-TI0003-2015-180150-9. cobranza coactiva
Por tal motivo de fojas 25 a 28, se aprecia que la quejosa con fecha 13 de marzo de 2015, presento una solicitud de prescripción, la cual fue ingresada con el Expediente N°000-TI0003-2015-180150-9, entre otros, cobranza coactiva
en cuanto la deuda que contiene la Resolución de Multa N° 024-002-0046637 y la Resolución de Determinación N°024-003-0016508. cobranza coactiva
Por lo cual, En ese sentido, en dicha fecha, la quejosa demostró tener
conocimiento de los referidos valores, por lo que de conformidad con lo establecido
en el antepenúltimo párrafo del artículo 104° del Código Tributario, habría operado
la notificación tácita de éstos, el 13 de marzo de 2015. cobranza coactiva
En realidad, siendo que la quejosa no ha acreditado haber interpuesto recurso impugnativo contra los valores antes referidos en el plazo de ley,
Por otro lado términos del inciso a) del Artículo 115º del Código Tributario”.
en la actualidad Suspensión de Cobranza Coactiva
• Descripción:
Primero La solicitud de suspensión tiene por finalidad el archivo del procedimiento coactivo, así como el levantamiento de las medidas cautelares dispuestas en el expediente, siempre que se presente alguna de las causales taxativamente previstas en el Código Tributario, o cuando la Administración Tributaria deje sin efecto la obligación que dio origen al procedimiento.
Para empezar se constituye en una garantía del ejecutado, permitiendo evitar daños irreversibles que pueden generarse como consecuencia de la comisión de errores en la etapa previa al inicio o durante el desarrollo del procedimiento coactivo contenido en el expediente correspondiente.
hoy en día los Requisitos:
a) Copia de Documento de Identidad del cliente usuario de aguas subterráneas o su
representante, tratándose de una persona jurídica deberá adjuntarse Copia del Documento
de Identidad del Representante y certificado de vigencia de poder.
b) Escrito fundamentado dirigido al Ejecutor Coactivo, firmado por el deudor tributario y/o
representante legal de ser el caso, indicando la causal de suspensión alegada.
c) Adjuntar copia del documento que acredite el inicio del procedimiento de cobranza
coactiva.
d) Documentación que acredite la causal de suspensión alegada.
Hoy en día el desarrollo de la cobranza coactiva esta en constante crecimiento; y como consecuencia de ello el desarrollo de nuestro país. cobranza coactiva
Por ejemplo lo invitamos desarrollar su empresa con nuestros especialistas en cobranza coactiva.
Somos especialistas en Asesoría y Capacitación especializada por nuestro abogado tributaristas, especialistas en cobranza coactiva a nivel nacional.
ademas desarrollamos nuestras labores en base a las ultimas leyes y reglamentos del sector de cobranza coactiva.
con respecto a las Formas de Pago:
Se pueden aceptar las formas de pago siguientes:
• Dinero en efectivo.
• Cheque certificado.
• Fraccionamiento de deuda
Por ese motivo nuestro equipo especializado brinda los servicios de:
-
Contabilidad de Empresas
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Tributacion empresarial
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Planilla nacional e internacional
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Costos de cobranza coactiva
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Planes de negocios
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Proyectos Empresariales
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Gestión de empresas
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Gestión Financiera
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Contrataciones con el estado
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Selección de personal nacional e internacional
REQUISITOS:
Copia de DNI
Cancelación de Matricula
Cancelación de Mensualidad
TEMARIO:
Cobranza Coactiva
Base Legal
Jurisprudencia
Gestión del Proceso
Tipos de Cobranza Coactiva
Tribunal Fiscal
Fiscalización SUNAT
Código Tributario
Demanda Judicial
Tipos de demanda
Cobranza Coactiva empresas Nacionales
Cobranza Coactiva empresas Extranjeras
Casos por Sectores Económicos
Análisis Integral de la Cobranza Coactiva
MODALIDADES
MATRICULA: S/ 500.00
MENSUALIDAD: S/ 700.00
CONTADO: S/ 2,500.00
VIRTUAL
MATRICULA: S/ 500.00
MENSUALIDAD: S/ 1,200.00
CONTADO: S/ 4,000.00
PRESENCIAL
DURACIÓN:
NORMAL: CUATRO MESES
INTENSIVO: UN MES
PRECIO NO INCLUYE IGV
INICIO:
SÁBADO
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